sábado, 21 de mayo de 2016

POLÍTICA Y DEMOCRACIA



A través de la historia, el hombre ha sido político, pero hay que tener claro la diferencia, entre política y la democracia, porque uno tiende siempre a confundir estos conceptos, aunque son hermanos, realmente, cada una cumple una función y es que, la política (< latín politĭcus < griego antiguo πολιτικός politikós, femenino de πολιτική politikḗ [‘de, para o relativo a los ciudadanos’]) es el arte, doctrina u opinión referente al gobierno de los Estados.1 Constituye una rama de la moral que se ocupa de la actividad, en virtud de la cual una sociedad libre, compuesta por personas libres, resuelve los problemas que le plantea su convivencia colectiva. Es un quehacer ordenado al bien común.

En cambio, la democracia (el latín tardío democratĭa, y este del griego δημοκρατία dēmokratía1 ) es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía. En sentido estricto, la democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad sus representantes. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.

La democracia, tiene unos componentes, en la democracia moderna juega un rol decisivo la llamada regla de la mayoría, es decir el derecho de la mayoría a que se adopte su posición cuando existen diversas propuestas.
En la democracia liberar la población puede votar y ser votada, al mismo tiempo que el derecho de propiedad es preservado.
Así, aunque estrictamente el término «democracia» sólo se refiere a un sistema de gobierno en que el pueblo ostenta la soberanía, el concepto de «democracia liberal» supone un sistema con las siguientes características:
·         Una constitución que limita los diversos poderes y controla el funcionamiento formal del gobierno, y constituye de esta manera un Estado de derecho.

·         División de poderes.

·         El derecho a votar y ser votado en las elecciones para una amplia mayoría de la población (sufragio universal).

·         Protección del derecho de propiedad y existencia de importantes grupos privados de poder en la actividad económica. Se ha sostenido que esta es la característica esencial de la democracia liberal.

·         Existencia de varios partidos políticos (no es de partido único).

·         Libertad de expresión.

·         Libertad de prensa, así como acceso a fuentes de información alternativa a las propias del gobierno que garanticen el derecho a la información de los ciudadanos.

·         Libertad de asociación.

·         Vigencia de los derechos humanos, que incluya un marco institucional de protección a las minorías.

A partir de lo anterior algunas estudiosos han sugerido la siguiente definición de democracia liberalla regla de la mayoría con derechos para las minorías.

La  democracia liberal frente a otras ideas de democracia, Al respecto, este tipo de democracia tiene algunas particularidades que la distinguen de otras formas de democracia, entre ellas la libre confrontación de ideas.
PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA
A pesar de estos cuestionamientos, en la actualidad, la gran mayoría de países en el mundo adhieren a la democracia como forma de gobierno por considerar que es la forma de organización social y política que brinda las garantías necesarias para incentivar los principios planteados por la Revolución Francesa en 1789.
- Igualdad: Todos los hombres son iguales ante la ley sin importar su color de piel, sexo, religión o condición social.
- Libertad: Todos los ciudadanos pueden hacer aquello que no les prohíba la ley.
- Constitución: Conjunto de leyes que sean aplicables a todos los ciudadanos de un Estado.
- Representatividad: Los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser elegidos; el voto es el mecanismo que permite la representación de todos los ciudadanos en cabeza de unos pocos para que se puedan hacer cargo del gobierno.
LA DEMOCRACIA EN COLOMBIA
En Colombia, el primer presidente elegido según el sistema democrático moderno fue el conservador José Vicente Concha, en el año de 1914. Hasta 1930, el sistema político no recibió mayores reformas para incentivar la participación ciudadana. Con la llegada de la República Liberal (1930-1946), la democracia planteada en la Constitución de 1886 se reformuló con la intención de modernizar el sistema y expandir la participación de otros sectores de la sociedad colombiana, como es el caso de los campesinos y los obreros. Hasta 1953, el país defendió orgullosamente una tradición de democracia civilista, al menos durante el siglo XX, en comparación constante con otros países de Latinoamérica en los cuales habían tenido lugar golpes militares, dictaduras y cierre de las instituciones democráticas. Ese año, con la llegada del general Gustavo Rojas Pinilla al poder a raíz de la violencia desbordada que vivía el país, se instauró una dictadura militar que duró hasta 1957, momento en el que la junta militar tomó las riendas del gobierno para hacer una transición política, una vez más, hacia el sistema democrático. 
Desde 1958 hasta 1974, se reinstauró el sistema democrático, pero controlado por el pacto del Frente Nacional, efectuado entre los dos partidos mayoritarios (Liberal y Conservador). En el pacto, representantes de ambos partidos acordaron la alternancia en el poder y la división de los cargos burocráticos, con el objeto de frenar los enfrentamientos violentos en el campo. Este período de la historia del país ha sido muy cuestionado por considerarse que no se ejerció la democracia en todo el sentido de la palabra. Sin embargo, al menos a nivel institucional existieron los mecanismos para la participación de amplios sectores de la población. Otros problemas efectivamente sí afectaron la participación política y la consolidación de un sistema democrático fuerte y verdaderamente representativo, por ejemplo, la burocratización de las instituciones estatales, la férrea oposición de los partidos tradicionales a la organización de nuevos partidos, las formas de política clientelista y la corrupción de varios sectores de las élites dirigentes. 
A partir de 1974 se vuelve a elegir a los Presidentes mediante el uso del sufragio popular. Durante los años 80 y 90, el sistema político recibe críticas de varios sectores de la sociedad (movimientos sociales, académicos, organizaciones juveniles, guerrillas organizadas, el narcotráfico, etc). Con la Asamblea Constituyente de 1991, el país reformuló el sistema político y planteó una democracia representativa con varios mecanismos de participación popular. Este tipo de organización aseguró el sostenimiento de un sistema apoyado sobre tres ramas del poder público: la legislativa, la ejecutiva y la judicial. 
La constitución política define en el capítulo 1 del título 5 la estructura del estado colombiano mediante la división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas entidades no cumplen, se nombran además otros órganos para la realización de estas como son: el Ministerio público, la Contraloría General, el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría Nacional, el Banco de la República, la Autoridad Nacional de Televisión y la Comisión Nacional del Servicio Civil, entre otras.
RAMA EJECUTIVA

Casa de Nariño, sede de la rama ejecutiva. Se encarga de hacer cumplir las leyes, mantener el orden público, organizar los servicios para la población y recaudar impuestos para hacer uso de ellos.
El Presidente de la nación Jefe de Gobierno y cabeza del poder ejecutivo, el cual comparte con un gabinete ministerial. Además es el comandante en jefe de las Fuerzas Militares
El gabinete se compone, además del presidente y el vicepresidente, de los ministros de despacho y los directores de departamentos administrativos.
El presidente es elegido por voto popular directo para un período de cuatro años o menos, en caso de sustitución. La Constitución de 1991 prohibía la reelección presidencial de por vida y con anterioridad era posible la reelección mediata (un ex presidente podía ser reelegido pero el presidente en ejercicio no podía ser reelegido para el período siguiente). Con referendo constitucional en 2005 esta prohibición fue abolida y se legalizo la reelección inmediata por una sola vez. Dos presidentes hicieron uso de ella pudiendo participar en las elecciones desde el cargo.
El vicepresidente se elige por voto popular directo en llave con el presidente. Los ministros y los directores administrativos son cargos de libre nombramiento y remoción por parte del presidente.
También se encuentran los Gobernadores y Alcaldes que son elegidos por voto popular y quienes dentro de sus funciones son las máximas autoridades administrativas en sus respectivos niveles con independencia funcional de la presidencia. Esto quiere decir que no están subordinados a la presidencia en materia de ordenamiento territorial, pero sí en otras materias como en materia de orden público.

RAMA LEGISLATIVA

El Capitolio Nacional, Sede del Congreso. Se encarga de elaborar las leyes y normas. Un Congreso bicameral formado por el Senado (100 miembros elegidos por circunscripción nacional por un periodo de cuatro años y un número adicional de 2 senadores elegidos en circunscripción especial por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes, conformada por ciento sesenta y seis miembros elegidos por 4 años, de los cuales ciento sesenta y uno representan a las circunscripciones territoriales (departamentos y el Distrito Capital). A razón de 2 por cada circunscripción y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000; los cinco restantes representan a las comunidades afrocolombianas (dos), los indígenas (uno), los colombianos residentes en el exterior (uno) y las minorías políticas (uno).


RAMA JUDICIAL
El Palacio de Justicia en Bogotá, Sede de las Altas Cortes. Se encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las personas de acuerdo a la ley. El poder judicial de Colombia empieza a partir de la Constitución Política de 1991. Es conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y juzgados. La Fiscalía General de la Nación que es un organismo independiente adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia.

Nuestra Constitución Política de 1991 establece desde su primer artículo que Colombia es una República democrática y participativa, está asumido el reto y el compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios de la vida social. A través de toda una serie de herramientas consagradas en la Constitución y reguladas en las leyes nacionales, los colombianos podemos entablar una relación directa con las autoridades públicas, dar a conocer nuestras propuestas, presionar para que sean adoptadas, opinar sobre asuntos públicos, exigir el cumplimiento de las normas, vigilar la conducta de los dirigentes, tomar decisiones que nos afectan a todos o sancionar a los gobernantes que actúan de forma equivocada, entre otras formas de participación. Para ello, se han establecido una serie de mecanismos de participación que tienen la naturaleza de un derecho político fundamental, atribuido a todo ciudadano, con el objetivo de que cada uno pueda participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. 


Bueno, en conclusión, más que este escrito ser una crítica este es más, de escrudiñar, lo que la política es en realidad, conceptos claros y que es en sí la sociedad colombiana, que es lo que nos rige, porque hay momentos que somos tan inútiles que no sabemos en realidad que hace unos organismos, con el fin de regir el país.

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