POLÍTICA
Y DEMOCRACIA
A través de la historia, el
hombre ha sido político, pero hay que tener claro la diferencia, entre política
y la democracia, porque uno tiende siempre a confundir estos conceptos, aunque
son hermanos, realmente, cada una cumple una función y es que, la política (< latín politĭcus < griego antiguo πολιτικός politikós,
femenino de πολιτική politikḗ [‘de, para o relativo a los ciudadanos’]) es el arte, doctrina u opinión referente al gobierno de los Estados.1 Constituye
una rama de la moral que se ocupa de la actividad, en virtud de la cual una sociedad libre, compuesta por personas libres, resuelve los
problemas que le plantea su convivencia colectiva. Es un quehacer ordenado al bien común.
En cambio, la democracia (el latín tardío democratĭa, y
este del griego δημοκρατία dēmokratía1 )
es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía. En sentido estricto, la
democracia es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta
que confieren legitimidad sus representantes. En sentido amplio,
democracia es una forma de convivencia social en la que los miembros son libres
e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
La democracia, tiene unos
componentes, en la democracia moderna juega un rol decisivo la
llamada regla de la mayoría, es decir el derecho de la mayoría a
que se adopte su posición cuando existen diversas propuestas.
En la democracia liberar la población puede votar y
ser votada, al mismo tiempo que el derecho de propiedad es
preservado.
Así, aunque estrictamente el término «democracia» sólo
se refiere a un sistema de gobierno en que el pueblo ostenta la soberanía, el
concepto de «democracia liberal» supone un sistema con las siguientes
características:
·
Una constitución que
limita los diversos poderes y controla el funcionamiento formal del gobierno, y
constituye de esta manera un Estado de derecho.
·
División de
poderes.
·
El derecho
a votar y ser votado en las elecciones para una amplia mayoría de la
población (sufragio universal).
·
Protección
del derecho de propiedad y existencia de importantes grupos privados
de poder en la actividad económica. Se ha sostenido que esta es la
característica esencial de la democracia liberal.
·
Existencia
de varios partidos políticos (no es de partido único).
·
Libertad de
expresión.
·
Libertad de
asociación.
·
Vigencia de
los derechos humanos, que incluya un marco institucional de protección a
las minorías.
A partir de lo anterior algunas estudiosos han
sugerido la siguiente definición de democracia liberal: la regla
de la mayoría con derechos para las minorías.
La democracia liberal frente a otras ideas de
democracia, Al respecto, este tipo de democracia tiene algunas particularidades que la
distinguen de otras formas de democracia, entre ellas la libre confrontación de
ideas.
PRINCIPIOS
DE LA DEMOCRACIA
A pesar de estos cuestionamientos, en la actualidad, la gran mayoría de
países en el mundo adhieren a la democracia como forma de gobierno por
considerar que es la forma de organización social y política que brinda las
garantías necesarias para incentivar los principios planteados por la
Revolución Francesa en 1789.
- Igualdad:
Todos los hombres son iguales ante la ley sin importar su color de piel, sexo,
religión o condición social.
- Libertad:
Todos los ciudadanos pueden hacer aquello que no les prohíba la ley.
- Constitución:
Conjunto de leyes que sean aplicables a todos los ciudadanos de un Estado.
- Representatividad:
Los ciudadanos tienen derecho a elegir y ser elegidos; el voto es el mecanismo
que permite la representación de todos los ciudadanos en cabeza de unos pocos
para que se puedan hacer cargo del gobierno.
LA DEMOCRACIA EN COLOMBIA
En Colombia,
el primer presidente elegido según el sistema democrático moderno fue
el conservador José Vicente Concha, en el año de 1914. Hasta 1930, el
sistema político no recibió mayores reformas para incentivar la participación
ciudadana. Con la llegada de la República Liberal (1930-1946), la democracia
planteada en la Constitución de 1886 se reformuló con la intención de
modernizar el sistema y expandir la participación de otros sectores de la
sociedad colombiana, como es el caso de los campesinos y los obreros. Hasta
1953, el país defendió orgullosamente una tradición de democracia civilista, al
menos durante el siglo XX, en comparación constante con otros países de
Latinoamérica en los cuales habían tenido lugar golpes militares, dictaduras y
cierre de las instituciones democráticas. Ese año, con la llegada del general
Gustavo Rojas Pinilla al poder a raíz de la violencia desbordada que vivía el
país, se instauró una dictadura militar que duró hasta 1957, momento en el que
la junta militar tomó las riendas del gobierno para hacer una transición
política, una vez más, hacia el sistema democrático.
Desde 1958
hasta 1974, se reinstauró el sistema democrático, pero controlado por el pacto
del Frente Nacional, efectuado entre los dos partidos mayoritarios (Liberal y
Conservador). En el pacto, representantes de ambos partidos acordaron la
alternancia en el poder y la división de los cargos burocráticos, con el objeto
de frenar los enfrentamientos violentos en el campo. Este período de la historia
del país ha sido muy cuestionado por considerarse que no se ejerció la
democracia en todo el sentido de la palabra. Sin embargo, al menos a nivel
institucional existieron los mecanismos para la participación de amplios
sectores de la población. Otros problemas efectivamente sí afectaron la
participación política y la consolidación de un sistema democrático fuerte y verdaderamente
representativo, por ejemplo, la burocratización de las instituciones estatales,
la férrea oposición de los partidos tradicionales a la organización de nuevos
partidos, las formas de política clientelista y la corrupción de varios
sectores de las élites dirigentes.
A partir de
1974 se vuelve a elegir a los Presidentes mediante el uso del sufragio popular.
Durante los años 80 y 90, el sistema político recibe críticas de varios
sectores de la sociedad (movimientos sociales, académicos, organizaciones
juveniles, guerrillas organizadas, el narcotráfico, etc). Con la Asamblea
Constituyente de 1991, el país reformuló el sistema político y planteó una
democracia representativa con varios mecanismos de participación popular. Este
tipo de organización aseguró el sostenimiento de un sistema apoyado sobre tres
ramas del poder público: la legislativa, la ejecutiva y la judicial.
La constitución política define en
el capítulo 1 del título 5 la estructura del estado colombiano mediante la
división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la
judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas
entidades no cumplen, se nombran además otros órganos para la realización de
estas como son: el Ministerio público, la Contraloría General, el Consejo Nacional Electoral, la Registraduría
Nacional, el Banco de la República, la Autoridad Nacional de Televisión y la Comisión Nacional del Servicio
Civil, entre
otras.
RAMA EJECUTIVA
Casa de
Nariño, sede de la rama ejecutiva. Se encarga de hacer cumplir las leyes,
mantener el orden público, organizar los servicios para la población y recaudar
impuestos para hacer uso de ellos.
El Presidente de la nación Jefe de Gobierno y cabeza del poder ejecutivo,
el cual comparte con un gabinete ministerial. Además es el comandante en jefe
de las Fuerzas Militares
El gabinete se compone, además del
presidente y el vicepresidente, de los ministros de despacho y los directores de departamentos administrativos.
El presidente es elegido por voto
popular directo para un período de cuatro años o menos, en caso de sustitución.
La Constitución de 1991 prohibía la reelección presidencial de por vida y con
anterioridad era posible la reelección mediata (un ex presidente podía ser
reelegido pero el presidente en ejercicio no podía ser reelegido para el
período siguiente). Con referendo constitucional en 2005 esta prohibición fue
abolida y se legalizo la reelección inmediata por una sola vez. Dos presidentes
hicieron uso de ella pudiendo participar en las elecciones desde el cargo.
El vicepresidente se elige por voto popular directo en
llave con el presidente. Los ministros y los directores administrativos son
cargos de libre nombramiento y remoción por parte del presidente.
También se encuentran los
Gobernadores y Alcaldes que son elegidos por voto popular y quienes dentro de
sus funciones son las máximas autoridades administrativas en sus respectivos
niveles con independencia funcional de la presidencia. Esto quiere decir que no
están subordinados a la presidencia en materia de ordenamiento territorial,
pero sí en otras materias como en materia de orden público.
RAMA LEGISLATIVA
El Capitolio
Nacional, Sede del Congreso. Se encarga de elaborar las leyes y normas. Un Congreso bicameral formado por el Senado (100
miembros elegidos por circunscripción nacional por un periodo de cuatro años y
un número adicional de 2 senadores elegidos en circunscripción especial por
comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes, conformada por ciento sesenta y
seis miembros elegidos por 4 años, de los cuales ciento sesenta y uno
representan a las circunscripciones territoriales (departamentos y el Distrito
Capital). A razón de 2 por cada circunscripción y uno más por cada 250.000
habitantes o fracción mayor de 125.000; los cinco restantes representan a las
comunidades afrocolombianas (dos), los indígenas (uno), los colombianos residentes
en el exterior (uno) y las minorías políticas (uno).
RAMA JUDICIAL
El Palacio
de Justicia en Bogotá, Sede de las Altas Cortes. Se
encarga de aplicar la ley de manera justa y resuelve conflictos entre las
personas de acuerdo a la ley. El poder judicial de Colombia empieza a partir de
la Constitución Política de 1991. Es conformado por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, así como los tribunales y
juzgados. La Fiscalía General de la Nación que es un organismo
independiente adscrito a la rama judicial del Poder Público en Colombia.
Nuestra
Constitución Política de 1991 establece desde su primer artículo que Colombia
es una República democrática y participativa, está asumido el reto y el
compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios de la
vida social. A través de toda una serie de herramientas consagradas en la Constitución y reguladas en las leyes
nacionales, los colombianos podemos entablar una relación directa con las
autoridades públicas, dar a conocer nuestras propuestas, presionar para que
sean adoptadas, opinar sobre asuntos públicos, exigir el cumplimiento de las
normas, vigilar la conducta de los dirigentes, tomar decisiones que nos afectan
a todos o sancionar a los gobernantes que actúan de forma equivocada, entre
otras formas de participación. Para ello, se han establecido una serie de
mecanismos de participación que tienen la naturaleza de un derecho político
fundamental, atribuido a todo ciudadano, con el objetivo de que cada uno pueda
participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.
Bueno, en conclusión, más que
este escrito ser una crítica este es más, de escrudiñar, lo que la política es
en realidad, conceptos claros y que es en sí la sociedad colombiana, que es lo
que nos rige, porque hay momentos que somos tan inútiles que no sabemos en
realidad que hace unos organismos, con el fin de regir el país.
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